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9 de octubre de 2026 · 3 min de lectura

Límite de anulaciones de manifiestos en el RNDC

El RNDC limita cuántos manifiestos puede anular una empresa cada mes: 30 %, 20 % o 10 % según su volumen. Qué pasa si te pasas.
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El límite depende de cuántos manifiestos expides

El manual de operación del RNDC, anexo a la Resolución 20263040016075 de 2026, fija un porcentaje máximo de anulaciones según la cantidad de manifiestos que la empresa expidió en el mes calendario del manifiesto que se quiere anular:

  • Entre 1 y 499 manifiestos en el mes: hasta el 30 %.
  • Entre 500 y 2.000 manifiestos en el mes: hasta el 20 %.
  • Más de 2.000 manifiestos en el mes: hasta el 10 %.

Qué pasa si se supera

El RNDC no bloquea la anulación, pero la empresa debe hacer una solicitud explicando el motivo y manifestar de forma expresa, en el portal, que sabe que puede ser investigada por la Superintendencia de Transporte. El RNDC le reporta esa información a la Supertransporte.

Ejemplo

Una empresa expidió 80 manifiestos en el mes, así que su límite es el 30 %: 24 anulaciones. La anulación número 25 ya exige la manifestación expresa y queda reportada.

Anular para corregir

Cuando un manifiesto se anula por cambio en la remesa, de tarifa, de destino por el generador, de conductor o de vehículo, el RNDC permite registrar el consecutivo del manifiesto nuevo que lo reemplaza. Esos reemplazos no cuentan para el límite de anulaciones.

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Fuentes
Resolución 20263040016075 de 2026, Ministerio de TransporteEste artículo es informativo y no reemplaza la asesoría jurídica. Ante cualquier diferencia, prima el texto oficial de la norma.
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